¿Cuál es la definición legal de abuso sexual?
Para propósito de obtener una orden de protección contra el abuso sexual, el abuso sexual se define como cualquier “contacto sexual” con una persona:
- que no dé su consentimiento (permiso) para ello; o
- que es incapaz de consentir al contacto sexual porque la víctima es:
- menor de 18 años de edad;
- “incapaz de evaluar la naturaleza de la conducta de la persona” lo que la ley define como ser incapaz de:
- entender la naturaleza de la conducta;
- entender el derecho de elegir si desea formar parte y cómo desea formar parte de la conducta, incluyendo el derecho de quitar el consentimiento previo a esa conducta; o,
- comunicar la decisión de formar parte de esa conducta’
- mentalmente incapacitado/a, lo que la ley define como ser incapaz de evaluar o controlar su propia conducta; o
- físicamente indefenso/a, lo que la ley define como estar inconsciente o ser incapaz (por cualquier otra razón) de comunicar que él/ella no quiere participar del acto sexual.1
Contacto sexual es cuando cualquiera le toca sus partes íntimas o sexuales o hace que usted toque las partes íntimas o sexuales de otra persona con el propósito de estimular (despertar) o satisfacer el deseo sexual de cualquiera de las personas.2 Además de “tocar” las partes íntimas o sexuales de uno, también incluiría agresión sexual, violación, sodomía y sexo oral forzado.
Nota: Pueden haber algunas defensas para una acusación de abuso sexual relacionadas a la diferencia de edad con la víctima y por otras circunstancias.3 Puede conocer más sobre estas defensas aquí y aquí en nuestra página de Estatutos Seleccionados: Oregón.
1 ORS §§ 163.760(2); 163.315(1), (3); 163.305(2), (4)
2 ORS §§ 163.760(3); 163.305(5)
3 ORS §163.760(2)(b)